La declaración de la Renta es ese momento en el que los contribuyentes tienen que rendir cuentas al fisco. En función de lo que se haya ganado a lo largo del año fiscal hay que abonar un porcentaje del IRPF.
Tanto los trabajadores en plantilla como los autónomos tienen que abonar este impuesto por las ganancias obtenidas. De igual forma ocurre con los beneficios que se obtienen del alquiler de viviendas o su venta, hay que pagar impuestos.
¿Cuáles son las fechas clave de la campaña de la Renta 2025?
La campaña de la Renta 2025, correspondiente a los ingresos obtenidos en 2024, presenta las siguientes fechas clave:
- Disponibilidad de datos fiscales: A partir del 19 de marzo de 2025, los contribuyentes pueden acceder a sus datos fiscales para preparar la declaración.
- Presentación de la declaración por Internet: Desde el 3 de abril hasta el 1 de julio de 2025, se puede presentar la declaración de la Renta y Patrimonio de 2024 a través de la plataforma en línea de la Agencia Tributaria. Agencia Tributaria
- Solicitud de cita para declaración telefónica: A partir del 29 de abril de 2025, se puede solicitar cita previa para confeccionar la declaración por teléfono.
- Inicio de la declaración por teléfono: El 7 de mayo de 2025 comienza el servicio de confección de declaraciones por vía telefónica, previa cita.
- Solicitud de cita para declaración presencial: Desde el 29 de mayo de 2025, se puede solicitar cita previa para realizar la declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- Inicio de la declaración presencial: El 3 de junio de 2025 se inicia la atención presencial para la confección de declaraciones, con cita previa.
- Fin del plazo para presentación telefónica y presencial: El 28 de junio de 2025 es el último día para presentar la declaración por teléfono o de forma presencial.
- Último día para todas las modalidades: El 1 de julio de 2025 finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta por cualquier modalidad.
Es fundamental respetar estos plazos para evitar sanciones. No presentar la declaración dentro del plazo establecido puede conllevar multas que van desde 100 euros hasta el 150% de la cantidad a ingresar o devolver. Además, presentar la declaración con errores o datos falsos también puede resultar en sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Recuerda que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es progresivo; es decir, el porcentaje a pagar aumenta con el nivel de ingresos. Si durante el año has pagado más IRPF del que te correspondía, Hacienda te devolverá la diferencia. Por el contrario, si has pagado menos, deberás abonar la cantidad pendiente.
¿Quiénes están exentos de hacer la declaración de la Renta?
Los que hayan ganado menos de 22.000 euros y tengan sólo un pagador, no tienen por qué hacer la declaración.
Pueden hacer el borrador y si sale a devolver, pueden presentarla si quieren, pero si les sale a pagar, pueden descartar hacerla.
Los que tengan 2 o más pagadores y hayan recibido 1.500 euros o más del segundo, tienen que presentarla si han ganado 15.000 euros o más al año.
Y este año, como novedad, TODOS los autónomos tienen la obligación de presentarla independientemente de los ingresos obtenidos.
Si la Renta me sale a pagar, ¿tengo que hacer el pago inmediatamente?
No, tanto si haces la declaración de la Renta el primer día como el último, los primeros cobros se realizan en el mes de julio. Hacienda da 2 opciones a aquellos que les salga a pagar: abonar todo de una sola vez en julio o dividir el pago en 2. El 60% se paga el 1 de julio y el 40% restante el 5 de noviembre.
¿Cómo se presenta la declaración de la Renta?
Se puede presentar online desde la app o la web: una vez comprobado que el borrador está correcto, tan sólo hay que hacer click en presentar.
También se puede solicitar una cita telefónica o presencial con Hacienda para que el personal de la administración te ayude a presentarla. Para estos trámites hay que pedir cita antes.